Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XVII.38 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

PRUEBA PERICIAL. PARA QUE ADQUIERA PLENO VALOR PROBATORIO, DEBE PRACTICARSE EN FORMA COLEGIADA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 1713

Precedentes

Amparo directo 9/2009. Hugo Máynez Maldonado. 2 de abril de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Manuel Flores Lara, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Cecilia Aceves Pacheco.