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1a. CXI/2009Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
- Registro digital (IUS)
- 166678
- Clave de tesis
- 1a. CXI/2009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 9a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Materia
- Administrativa, Constitucional
- Fuente
- [TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 63
DERECHOS DE AUTOR. EL ARTÍCULO 216 BIS DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO VIOLA LA GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA POR NO DEFINIR LO QUE DEBE ENTENDERSE POR DAÑO MATERIAL.
[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Agosto de 2009; Pág. 63
El citado precepto legal prevé la reparación del daño moral y/o material, y define al primero como aquel que se ocasione por la violación a cualquiera de los derechos señalados en las
fracciones I, II, III, IV y VI del artículo 21 de la Ley Federal del Derecho de Autor
, pero no define lo que debe entenderse por daño material; sin embargo, esa omisión no lo torna violatorio de la garantía de seguridad jurídica contenida en el artículo
16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, en tanto que en términos de las fracciones indicadas, por daño moral se entiende el que resulta de la violación a los derechos de los autores consistentes en determinar cuándo debe divulgarse su obra o mantenerla inédita; exigir el reconocimiento de su calidad de autor y disponer que su divulgación se efectúe como obra anónima o seudónima; oponerse a su deformación, mutilación u otra modificación y oponerse a que se les atribuya una obra que no es de su creación, resulta evidente que se trata de derechos extrapatrimoniales; de ahí que por exclusión el daño material debe conceptualizarse como el que produce afectación a los derechos de contenido patrimonial, diversos a los aludidos.
Precedentes
Amparo directo en revisión 1916/2008. Cinépolis del País, S.A. de C.V. 4 de marzo de 2009. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretarios: José Álvaro Vargas Ornelas y Juan Carlos de la Barrera Vite.
Amparo directo en revisión 1917/2008. Cinemas de la República, S.A. de C.V. y otra. 4 de marzo de 2009. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretarios: José Álvaro Vargas Ornelas y Juan Carlos de la Barrera Vite.