Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/166957

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 27 de febrero de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 240/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por ejecutoria del 19 de junio de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 115/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

I.11o.C.206 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
166957
Clave de tesis
I.11o.C.206 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Julio de 2009; Pág. 1919

ESPECIAL HIPOTECARIO. PROCEDE ORDENAR EL EMBARGO DE BIENES DEL DEUDOR PRINCIPAL, CUANDO EL PRODUCTO OBTENIDO CON EL REMATE DEL INMUEBLE HIPOTECADO NO ES SUFICIENTE PARA CUBRIR LA TOTALIDAD DE LAS CONDENAS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXX, Julio de 2009; Pág. 1919

Precedentes

Amparo en revisión 140/2009. Miguel Ángel Antonio Flores Ramos. 4 de junio de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo viuda de Magaña Cárdenas. Secretario: Lucio Leyva Nava. Nota: Por ejecutoria del 27 de febrero de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 240/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva. Por ejecutoria del 19 de junio de 2013, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 115/2013 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que no son discrepantes los criterios materia de la denuncia respectiva.

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil

Registro digital (IUS): 166957