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P. XVIII/2009Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

SUSPENSIÓN EN CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. NO DEBE OTORGARSE RESPECTO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS SI SON MATERIALMENTE LEGISLATIVOS.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Abril de 2009; Pág. 1301

Precedentes

Recurso de reclamación 26/2007-CA, derivado del incidente de suspensión de la controversia constitucional 77/2007. Jefe de Gobierno del Distrito Federal. 29 de mayo de 2008. Mayoría de seis votos. Ausentes: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia y Margarita Beatriz Luna Ramos. Disidentes: José de Jesús Gudiño Pelayo, Sergio A. Valls Hernández y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Guillermina Coutiño Mata. El Tribunal Pleno, el veintiséis de marzo en curso, aprobó, con el número XVIII/2009, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a veintiséis de marzo de dos mil nueve.

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