I.6o.T.400 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
COMPETENCIA PARA CONOCER DEL REGISTRO DE UN SINDICATO QUE PRETENDE CONSTITUIRSE COMO NACIONAL. CORRESPONDE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO DE ASOCIACIONES DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Abril de 2009; Pág. 1868
Si una organización sindical solicita su registro como sindicato nacional y pretende agremiar a trabajadores que prestan sus servicios en empresas cuyo objeto social sea el transporte en general, marítimo, aéreo, terrestre de carga en general, de mercancías y traslado de personas, así como el establecimiento y explotación del servicio público federal de autotransporte de carga en general, en rutas de jurisdicción federal o local, mediante concesión o permiso otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y/o de un Gobierno Local; corresponde conocer de dicha solicitud a la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la cual, analizando las actividades y ramo industrial de las empresas en las que se indica laboran los afiliados al sindicato promovente, y las diligencias que practique al respecto, determinará sobre la procedencia de la solicitud.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Competencia 20/2008. Suscitada entre la Dirección General de Registro de Asociaciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlán Texcoco. 15 de enero de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretario: Miguel Barrios Flores.