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1a./J. 2/2009Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

PERSONALIDAD EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES. DEBE TENÉRSELE POR ACREDITADA A QUIEN SE OSTENTA COMO ENDOSATARIO EN PROPIEDAD, AUN CUANDO DEMANDE EL PAGO DE UN TÍTULO DE CRÉDITO ENDOSADO A SU FAVOR CON POSTERIORIDAD A SU VENCIMIENTO.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Marzo de 2009; Pág. 255

Precedentes

Contradicción de tesis 161/2007-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito. 1o. de octubre de 2008. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Gustavo Ruiz Padilla. Tesis de jurisprudencia 2/2009. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha tres de diciembre de dos mil ocho.

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