IV.3o.T. J/73 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA Y GRAFOSCÓPICA EN MATERIA LABORAL. SI EL QUE LA OFRECE PARA OBJETAR LA FIRMA DE DOCUMENTOS ATRIBUIDOS A ÉL SIN CAUSA JUSTIFICADA NO SE PRESENTA EL DÍA Y HORA SEÑALADOS A ESTAMPAR SU FIRMA INDUBITABLE EN LOS FORMATOS CORRESPONDIENTES, ES CORRECTO QUE LA JUNTA DECRETE SU DESERCIÓN, AUN CUANDO EN LAS ACTUACIONES DEL JUICIO LABORAL OBREN DIVERSAS FIRMAS DE AQUÉL.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Febrero de 2009; Pág. 1764
De conformidad con el artículo
780 de la Ley Federal del Trabajo
las pruebas deben ofrecerse acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo. Ahora bien, si la Junta en términos del párrafo primero del numeral
685
del citado ordenamiento legal, apercibe a quien objeta un documento en cuanto a la firma que lo calza y que es atribuida a él, para que comparezca el día y hora señalados a estampar su firma indubitable en los formatos de escritura que se llevan ante ella, con el fin de realizar el estudio correspondiente de su firma, y no acude sin causa justificada, es correcta la deserción de la aludida probanza, aun cuando en las actuaciones del juicio laboral obren diversas firmas de él, toda vez que éstas no son suficientes para subsanarlo, en razón de que en los referidos formatos no sólo se contiene la firma indubitable, sino diversa escritura con el tipo de letra que ahí se indica, así como el nombre, lugar y fecha de nacimiento, ocupación y diversas palabras, letras y números plasmados por dicha persona, que permiten un adecuado estudio para el desahogo de la prueba.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 1058/2006. Hilario Almazán Campos. 20 de marzo de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretaria: Myrna Gabriela Solís Flores.
Amparo directo 323/2007. Javier Zúñiga Meléndez. 15 de agosto de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Alvarado Estrada, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Diana Elena Gutiérrez Garza.
Amparo directo 411/2007. María Rosalva Martínez Zúñiga. 15 de agosto de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Alvarado Estrada, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Diana Elena Gutiérrez Garza.
Amparo directo 1315/2007. José Guadalupe Bocanegra Cerda. 14 de mayo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretaria: Myrna Gabriela Solís Flores.
Amparo directo 504/2008. 13 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Esparza Alfaro. Secretaria: Karla Medina Armendáiz.
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la
contradicción de tesis 258/2011
, de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 155/2011 de rubro: "
PRUEBA PERICIAL CALIGRÁFICA Y GRAFOSCÓPICA EN MATERIA LABORAL. SI EL OBJETANTE QUE LA OFRECE NO COMPARECE EL DÍA Y HORA SEÑALADOS, SIN CAUSA JUSTIFICADA, A ESTAMPAR LOS SIGNOS GRÁFICOS QUE SE LE INDIQUEN, PREVIO APERCIBIMIENTO, PROCEDE QUE LA JUNTA DECRETE SU DESERCIÓN
."