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XI.1o.A.T.41 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CRÉDITOS FISCALES DERIVADOS DE LA OMISIÓN DE PAGO DE IMPUESTOS FEDERALES COORDINADOS. EL DIRECTOR DE AUDITORÍA Y REVISIÓN FISCAL DE LA TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO DE MICHOACÁN ESTÁ FACULTADO PARA DETERMINARLOS (LEGISLACIÓN ABROGADA).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIX, Febrero de 2009; Pág. 1846

Precedentes

Revisión fiscal 56/2008. Administrador Central de lo Contencioso, en suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, de los Administradores Generales de Grandes Contribuyentes, Jurídico, de Recaudación, de Auditoría Fiscal Federal, de Aduanas, de Servicios al Contribuyente y del Administrador Central de Amparo e Instancias Judiciales. 6 de octubre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Sahuer Hernández. Secretario: Juan Carlos Sierra Zenteno. Revisión fiscal 65/2008. Administrador Central de lo Contencioso, en suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, de los Administradores Generales de Grandes Contribuyentes, Jurídico, de Recaudación, de Auditoría Fiscal Federal, de Aduanas, de Servicios al Contribuyente y del Administrador Central de Amparo e Instancias Judiciales. 13 de noviembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretaria: Delia Espinosa Hernández.