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III.4o.A.57 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

REVISIÓN FISCAL. NO DEBE DESECHARSE DICHO RECURSO POR LA FALTA DE FIRMA AUTÓGRAFA EN LA PROMOCIÓN POR LA QUE SE INTERPUSO, SI A TRAVÉS DE UNA APRECIACIÓN AMPLIA DE LOS ELEMENTOS QUE OBRAN EN AUTOS SE PRESUME QUE AQUÉLLA SE PRESENTÓ CON ESA FORMALIDAD.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Noviembre de 2008; Pág. 1383

Precedentes

Reclamación 2/2008. Delegada del Secretario de Hacienda y Crédito Público y otro. 21 de agosto de 2008. Mayoría de votos. Disidente: Julio Ramos Salas. Ponente: Daniel Guerrero Nuño, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretaria: Alma Delia Nieves Barbosa. Nota: Por ejecutoria del 23 de mayo de 2012, la Primera Sala declaró improcedente la contradicción de tesis 53/2012 derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis, al estimarse que ya existe la jurisprudencia 2a./J. 32/2011 (10a.) que resuelve el mismo problema jurídico.

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