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VI.2o.C.635 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
168590
Clave de tesis
VI.2o.C.635 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Octubre de 2008; Pág. 2394

PRESCRIPCIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. EL PLAZO DE CINCO AÑOS PREVISTO EN EL ARTÍCULO 551 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE PUEBLA, VIGENTE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004, DEBE INCLUIR LOS DÍAS INHÁBILES.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Octubre de 2008; Pág. 2394

Precedentes

Amparo en revisión 172/2008. María Estela Contreras Ángulo de Pérez. 25 de septiembre de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretaria: María del Rocío Chacón Murillo.

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