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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/168952

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria del 2 de diciembre de 2019, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito, declaró inexistente la contradicción de criterios 24/2019, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

I.4o.C.142 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
168952
Clave de tesis
I.4o.C.142 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 1251

DAÑO CONTRACTUAL Y DAÑO EXTRACONTRACTUAL. SU DIFERENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVIII, Septiembre de 2008; Pág. 1251

Precedentes

Amparo directo 647/2007. Rodolfo Torres Martínez y otra. 4 de julio de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco J. Sandoval López. Secretario: Francisco Juri Madrigal Paniagua. Nota: Por ejecutoria del 2 de diciembre de 2019, el Pleno en Materia Civil del Primer Circuito, declaró inexistente la contradicción de criterios 24/2019, derivada de la denuncia de la que fue objeto el criterio contenido en esta tesis.

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