2a. LXI/2008Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
VIDA SILVESTRE. EL ARTÍCULO 55 BIS DE LA LEY GENERAL RELATIVA, NO VIOLA LA GARANTÍA DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.
[TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 239
El citado precepto, al prohibir la importación, exportación y reexportación de mamíferos marinos, no viola la garantía de irretroactividad de la ley contenida en el artículo
14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, debido a que no actúa sobre el pasado desconociendo las autorizaciones que en su momento hubieren obtenido los particulares, sino que obra hacia el futuro impidiendo que dichas actividades se realicen, a efecto de proteger a esos animales de la explotación a que son sujetos, en beneficio de las generaciones futuras, del equilibrio ecológico global y, por ende, del interés público.
Precedentes
Amparo en revisión 46/2007. Delfines Interactivos, S.A. de C.V. 23 de abril de 2008. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Jonathan Bass Herrera.