I.9o.A.99 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
SUSPENSIÓN DEFINITIVA EN EL AMPARO. PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES QUE IMPONE LA "TARIFA PROMEDIO PONDERADA DEL SERVICIO", AL DIRIMIR UNA CONTROVERSIA ENTRE CONCESIONARIOS DE REDES PÚBLICAS DE TELECOMUNICACIONES SOBRE TARIFAS DE INTERCONEXIÓN.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Mayo de 2008; Pág. 1169
Procede conceder la suspensión definitiva en el juicio de garantías contra la resolución de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, que impone la "tarifa promedio ponderada del servicio", al dirimir una controversia entre concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones sobre tarifas de interconexión, porque el paralizar los efectos que trae consigo no contraviene el orden público ni afecta el interés social en términos de la
fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo
, ya que no se priva a la colectividad de un beneficio que le otorgan las leyes, ni se le infiere un daño que de otra manera no resentiría, por tratarse de una resolución dictada como resultado de un conflicto entre particulares.
NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Incidente de suspensión (revisión) 474/2006. Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. 31 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Clementina Flores Suárez. Secretario: Emmanuel Hernández Alva.
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la
contradicción de tesis 268/2010
, de la que derivó la tesis jurisprudencial P./J. 10/2011 de rubro: "
TELECOMUNICACIONES. ES IMPROCEDENTE LA SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE LAS RESOLUCIONES QUE FIJAN ASPECTOS NO ACORDADOS POR LAS PARTES SOBRE LAS CONDICIONES DE INTERCONEXIÓN, OBLIGACIÓN DE INTERCONECTAR Y FIJACIÓN DE TARIFAS
."