2a./J. 48/2008 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
CAÑA DE AZÚCAR. LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN III Y 87 DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA, VIOLAN LA GARANTÍA DE AUDIENCIA PREVIA.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 498
Los señalados preceptos, al establecer, respectivamente, que corresponde a los industriales y/o a los abastecedores de caña de azúcar cubrir los costos generados por interrupciones en la zafra, incluyendo los apoyos a los cortadores y fleteros; y que los ingenios deben responder en cierta proporción por las pérdidas de los abastecedores derivadas de acontecimientos fortuitos o de fuerza mayor, violan la garantía de audiencia previa contenida en el artículo
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, en virtud de que prevén actos privativos cuyo resultado objetivo y fáctico se traduce en la merma efectiva al patrimonio de los industriales, al menoscabar el derecho a disponer de sus bienes y constreñirlos a responder por siniestros con su propio patrimonio, sin ser oídos ni vencidos previamente en juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 1122/2006. Promotora Azucarera, S.A. de C.V. y otras. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1926/2006. Ingenio Plan de San Luis, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1942/2006. Compañía Industrial Azucarera, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 16/2007. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Amparo en revisión 67/2007. Ingenio La Joya, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Tesis de jurisprudencia 48/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de marzo de dos mil ocho.