2a./J. 43/2008Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
CAÑA DE AZÚCAR. CON LA EXPEDICIÓN DE LA LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE RELATIVA NO SE GENERA UN CONFLICTO DE LEYES CON LA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE, NI SE VIOLAN LAS GARANTÍAS DE SEGURIDAD Y CERTEZA JURÍDICAS.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Abril de 2008; Pág. 386
Con la expedición de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar no se genera un conflicto de leyes con la de Desarrollo Rural Sustentable o de normas que regulen la misma actividad, pues mientras ésta dispone de manera genérica los procesos productivos primarios basados en recursos naturales renovables, dentro de los cuales se encuentra la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la acuacultura, aquélla regula en forma específica las actividades asociadas a la agricultura de contrato y a la integración sustentable de la caña de azúcar, los procesos de siembra, el cultivo, la cosecha, la industrialización y la comercialización de sus productos, subproductos, coproductos y derivados. Así, es claro que tales leyes se complementan, de lo que se sigue que aun cuando ambas son reglamentarias del artículo
27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
, con la expedición de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar no se violan las garantías de seguridad y certeza jurídicas contenidas en los artículos
14 y 16 constitucionales
, ya que los gobernados que realizan actividades relacionadas con la caña de azúcar tienen la certidumbre del marco normativo bajo el cual las llevarán a cabo.
Precedentes
Amparo en revisión 1122/2006. Promotora Azucarera, S.A. de C.V. y otras. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1926/2006. Ingenio Plan de San Luis, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 1942/2006. Compañía Industrial Azucarera, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Amparo en revisión 16/2007. Impulsora de la Cuenca del Papaloapan, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot.
Amparo en revisión 67/2007. Ingenio La Joya, S.A. de C.V. 28 de noviembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Rolando Javier García Martínez.
Tesis de jurisprudencia 43/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de marzo de dos mil ocho.