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IV.2o.C.71 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

ARRENDAMIENTO. ES LEGAL DEMANDAR SU TERMINACIÓN POR FALTA DE PAGO DE RENTAS, AL FUNDARSE EN UNA CAUSA DE RESCISIÓN DEL CONTRATO RELATIVO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Noviembre de 2007; Pág. 716

Precedentes

Amparo directo 308/2007. Ana María Dávalos González. 20 de septiembre de 2007. Mayoría de votos. Disidente: Martín Alejandro Cañizales Esparza. Ponente: Juan Manuel Rochín Guevara. Secretario: Fernando Ureña Moreno.

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