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1a. CCXXXIV/2007Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

FIDUCIARIAS. LOS ARTÍCULOS 32-B, FRACCIÓN VIII, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y SEGUNDO, FRACCIÓN IV, DEL DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE JUNIO DE 2006, NO TRANSGREDEN LA GARANTÍA DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVI, Octubre de 2007; Pág. 193

Precedentes

Amparo en revisión 109/2007. Banco Invex, S.A., Institución de Banca Múltiple, Invex Grupo Financiero. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 231/2007. Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 194/2007. Banco Interacciones, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Interacciones. 5 de septiembre de 2007. Unanimidad de cuatro votos. Impedida: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite. Amparo en revisión 309/2007. Skandia Vida, S.A. de C.V. 5 de septiembre de 2007. Cinco votos. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretarios: Dolores Rueda Aguilar, Rosaura Rivera Salcedo y Juan Carlos de la Barrera Vite.