2a./J. 28/2007 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional
VALOR AGREGADO. LOS ARGUMENTOS DE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 4o.-A DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, APOYADOS EN SITUACIONES PARTICULARES O HIPOTÉTICAS, SON INOPERANTES (DECRETO PUBLICADO EL 1o. DE DICIEMBRE DE 2004).
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 667
La simple afirmación en el sentido de que el procedimiento de ajuste del acreditamiento del impuesto al valor agregado tratándose de inversiones resulta complejo por obligar a medir las variaciones porcentuales de las proporciones de un mes a otro y estar al tanto del cambio de destino de cada una de las inversiones, así como la posibilidad o imposibilidad de su cumplimiento por parte del contribuyente en razón de que la norma le genera cargas administrativas y de control, es insuficiente para considerar que dicho procedimiento es violatorio de garantías, habida cuenta que las leyes son de naturaleza genérica, abstracta e impersonal, y dichos asertos se apoyan en situaciones particulares o hipotéticas que en modo alguno evidencian la inconstitucionalidad del artículo
4o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
vigente a partir del 1o. de enero de 2005, con lo que resultan inoperantes los argumentos expuestos bajo esas premisas.
Precedentes
Amparo en revisión 278/2006. Casa Mexicana del Pacífico, S. de R.L. de C.V. y otras. 21 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: Hilda Marcela Arceo Zarza, Fernando Silva García y Alfredo Villeda Ayala.
Amparo en revisión 1160/2006. Universidad Regiomontana, A.C. 21 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretarios: Hilda Marcela Arceo Zarza, Fernando Silva García y Alfredo Villeda Ayala.
Amparo en revisión 1342/2006. Multiasistencia, S.A. de C.V. 21 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretarios: Hilda Marcela Arceo Zarza, Fernando Silva García y Alfredo Villeda Ayala.
Amparo en revisión 1383/2006. Maquinaria Diesel, S.A. de C.V. 21 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretarios: Hilda Marcela Arceo Zarza, Fernando Silva García y Alfredo Villeda Ayala.
Amparo en revisión 1416/2006. Inmobiliaria Nacional Mexicana, S. de R.L. de C.V. y otras. 21 de febrero de 2007. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretarios: Hilda Marcela Arceo Zarza, Fernando Silva García y Alfredo Villeda Ayala.
Tesis de jurisprudencia 28/2007. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintiocho de febrero de dos mil siete.