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XVI.2o.C.28 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. ES IMPROCEDENTE LA ACCIÓN EJERCITADA POR EL COMPRADOR DE UNA COSA CIERTA Y DETERMINADA CONTRA SU VENDEDOR, SI LO QUE PRETENDE ES LA OBTENCIÓN DE LA ESCRITURA PÚBLICA QUE AMPARE SU DERECHO DE PROPIEDAD (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Marzo de 2007; Pág. 1746

Precedentes

Amparo directo 1006/2006. José Ignacio Moreno, su sucesión. 19 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Arredondo Elías. Secretario: Salvador Álvarez Villanueva. Nota: Por ejecutoria de fecha 4 de junio de 2008, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 157/2007-PS en que participó el presente criterio. Por ejecutoria de fecha 27 de mayo de 2009, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 141/2009 en que participó el presente criterio.

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