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1a. XLIV/2007Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa

CONSOLIDACIÓN FISCAL. LOS ARGUMENTOS RELATIVOS A LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTÍCULO 13, FRACCIÓN I, DE LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO, RESULTAN INOPERANTES, PUES LA APLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN DERIVA DE LA DECISIÓN DE TRIBUTAR BAJO DICHO RÉGIMEN.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 632

Precedentes

Amparo directo en revisión 1827/2006. Grupo Empresarial Seser, S.A. de C.V. 6 de diciembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Juan N. Silva Meza. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretario: Juan Carlos Roa Jacobo.