Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
📌
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/173380

📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 18 de abril de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 41/2007-PS en que participó el presente criterio.

I.2o.P.144 P Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común, Penal
Registro digital (IUS)
173380
Clave de tesis
I.2o.P.144 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Común, Penal
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1619

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL AMPARO, ESE CARÁCTER NO DERIVA DE LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Febrero de 2007; Pág. 1619

Precedentes

Amparo en revisión 1972/2006. 18 de enero de 2007. Unanimidad de votos. Ponente: Irma Rivero Ortiz de Alcántara. Secretaria: Laura Olivia Sánchez Aguirre. Nota: Por ejecutoria de fecha 18 de abril de 2007, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 41/2007-PS en que participó el presente criterio.

→ Más tesis en materia común

Registro digital (IUS): 173380