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1a. XIX/2007Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

COSTAS. LOS ARTÍCULOS 128 A 130 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, AL SEÑALAR QUE LA PARTE PERDEDORA EN JUICIO DEBE PAGARLAS, NO VIOLAN LA GARANTÍA DE IGUALDAD.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXV, Enero de 2007; Pág. 474

Precedentes

Amparo directo en revisión 158/2006. Marcela Pasillas Revilla. 24 de mayo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ramón Cossío Díaz. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretaria: Miriam Flores Aguilar.