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📌 Nota del SJF sobre vigencia

Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de mayo de 2009, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 115/2009 en que participó el presente criterio.

II.1o.A.131 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
Registro digital (IUS)
173734
Clave de tesis
II.1o.A.131 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Administrativa
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 1370

NORMA PROCESAL. EL ARTÍCULO 133-A DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL ESTABLECER EL TÉRMINO DE CUATRO MESES CON QUE CUENTA LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA PARA EMITIR Y NOTIFICAR LA NUEVA DETERMINACIÓN EN CUMPLIMIENTO A LO RESUELTO EN EL RECURSO DE REVOCACIÓN TIENE DICHA NATURALEZA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 1370

Precedentes

Amparo directo 714/2005. Embotelladora Cactus, S.A. de C.V. 22 de agosto de 2006. Mayoría de votos. Disidente: Angelina Hernández Hernández. Ponente: Eugenio Reyes Contreras. Secretario: Jorge Ignacio Godínez Gutiérrez. Nota: Por ejecutoria de fecha 13 de mayo de 2009, la Segunda Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 115/2009 en que participó el presente criterio.

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