XVII.33 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE SERVIDORES PÚBLICOS. PARA SU DESAHOGO NO ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO AL CÓDIGO ADMINISTRATIVO ESTATAL, SINO LAS LEYES DEL ORDEN COMÚN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Octubre de 2006; Pág. 1495
Si bien es cierto que en el procedimiento laboral burocrático el artículo
77 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua
permite la supletoriedad de la Ley Federal del Trabajo, también lo es que tratándose del desahogo de la prueba confesional a cargo de un servidor público estatal, aquélla resulta inaplicable por no prever que se lleve a cabo por conducto de ese tipo de servidores; de tal manera que para su realización, en términos del precepto citado, será de acuerdo con las leyes del orden común.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 180/2006. Nadia Soledad Hermosillo Medina. 8 de junio de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: María Teresa Zambrano Calero. Secretaria: Margarita Bertha Velasco Rodríguez.