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P./J. 95/2006 Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Constitucional

DIVISIÓN DE PODERES. LOS ARTÍCULOS 17 Y 20 DE LA LEY DEL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT, PUBLICADA EL 10 DE DICIEMBRE DE 2003, NO TRANSGREDEN AQUEL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL.

[J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 1678

Precedentes

Controversia constitucional 17/2004. Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit. 15 de mayo de 2006. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano, José Ramón Cossío Díaz y Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: José Alberto Tamayo Valenzuela. El Tribunal Pleno, el cuatro de julio en curso, aprobó, con el número 95/2006, la tesis jurisprudencial que antecede. México, Distrito Federal, a cuatro de julio de dos mil seis.