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V.3o.P.A.6 A Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa

CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO PARA DICTAMINAR ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES. LA RESOLUCIÓN QUE LO SUSPENDE EN SU REGISTRO, ES IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Agosto de 2006; Pág. 2158

Precedentes

Amparo en revisión 328/2005. Guadalupe del Carmen Canizales Bernal. 31 de mayo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Irineo Lizárraga Velarde, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado. Secretario: Víctor Hugo Alejo Guerrero. Notas: La ejecutoria de la contradicción de tesis citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVII, febrero de 2003, página 282. Esta tesis contendió en la contradicción 196/2006-SS resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 21/2007, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, febrero de 2007, página 733, con el rubro: " CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO PARA DICTAMINAR ESTADOS FINANCIEROS. AL SER LA SUSPENSIÓN DE SU REGISTRO UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE LE CAUSA AGRAVIO EN MATERIA FISCAL, ES IMPUGNABLE ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA EN TÉRMINOS DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 11 DE SU LEY ORGÁNICA ."

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