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1a. CXIV/2006Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil

MATRIMONIOS RELIGIOSOS CELEBRADOS EN EL EXTRANJERO. CUANDO LOS DOCUMENTOS QUE LOS CONSIGNAN SON RECONOCIDOS POR LAS AUTORIDADES CIVILES EXTRANJERAS Y ESTÁN DEBIDAMENTE APOSTILLADOS, SURTEN PLENOS EFECTOS LEGALES EN EL ORDEN JURÍDICO NACIONAL.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Julio de 2006; Pág. 334

Precedentes

Amparo directo en revisión 748/2006. Artemio Pedraza Vázquez. 31 de mayo de 2006. Cinco votos. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Dolores Rueda Aguilar.

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