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P. XLIX/2006Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Común

CONTRADICCIÓN DE TESIS. LOS CRITERIOS JURÍDICOS EXPRESADOS "A MAYOR ABUNDAMIENTO" SON DE TOMARSE EN CUENTA PARA RESOLVER AQUÉLLA.

[TA]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIV, Julio de 2006; Pág. 12

Precedentes

Contradicción de tesis 45/2005-PL. Entre las sustentadas por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Cuarto Circuito y el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 20 de abril de 2006. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Miguel Bonilla López. El Tribunal Pleno, el primero de junio en curso, aprobó, con el número XLIX/2006, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a primero de junio de dos mil seis. Nota: Esta tesis no constituye jurisprudencia ya que no resuelve el tema de la contradicción planteada.

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