VIII.2o.76 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
SERVICIOS PÚBLICOS. EL MANTENIMIENTO DE LA CARPETA ASFÁLTICA ES UNA OBRA POR COOPERACIÓN PARA CUYA EJECUCIÓN DEBEN COORDINARSE LAS JUNTAS DE MEJORAS MATERIALES Y EL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE TORREÓN (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA).
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 2116
De los artículos
3o., fracción IV, 10 y 11 de la Ley de Cooperación para Obras Públicas de Coahuila de Zaragoza
, se tiene que el servicio público de pavimento se realiza por el Ejecutivo del Estado y los Gobiernos Municipales mediante la percepción de derechos, y de los artículos
149 y 153 del Reglamento Interior del Municipio de Torreón
, se advierte que gestionar el mantenimiento de la carpeta asfáltica, atañe al director general de Obras Públicas de ese Municipio, autoridad en quien recae la obligación de coordinarse con las juntas de mejoras materiales para la ejecución del programa relativo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 267/2005. Gustavo Gerardo Salas Anaya. 4 de noviembre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Arcelia de la Cruz Lugo. Secretaria: Leticia Rubin Celis Saucedo.