XX.1o. J/65Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR. EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE SU COMPETENCIA, ES APLICABLE, SUPLETORIAMENTE, LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.
[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 1887
Es correcto que la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa considere que en los procedimientos administrativos sustanciados por la Procuraduría Federal del Consumidor, son aplicables supletoriamente las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en atención al hecho de que el artículo
20 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
prevé que la institución de mérito, es un organismo descentralizado de servicio social perteneciente a la administración pública federal y, además, porque el numeral
1o.
de la ley citada en primer término, establece que ésta se aplicará respecto de actos pronunciados por organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal, y porque el diverso
2o.
del mismo ordenamiento legal señala que sus disposiciones son aplicables de forma supletoria a las diversas leyes administrativas, por tanto, como dentro de estas últimas se encuentra inmersa la Ley Federal de Protección al Consumidor, que regula las actuaciones del citado organismo, resulta clara la supletoriedad en los términos indicados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Precedentes
Revisión fiscal 31/2004. Procuraduría Federal del Consumidor. 2 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretario: Mario Humberto Hernández Gómez.
Revisión fiscal 33/2004. Procuraduría Federal del Consumidor. 16 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretaria: Verónica Peña Velázquez.
Revisión fiscal 57/2004. Procuraduría Federal del Consumidor. 18 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Atanacio Alpuche Marrufo. Secretario: Eduardo Zenteno Garduño.
Revisión fiscal 38/2004. Procuraduría Federal del Consumidor. 25 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José Pérez Troncoso. Secretario: Javier Alfredo Cervantes Gutiérrez.
Amparo directo 506/2004. Tiendas Soriana, S.A de C.V. 25 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Elías Álvarez Torres. Secretario: José Luis Martínez Villarreal.