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1a./J. 13/2006Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

NORMAS OFICIALES DE EMERGENCIA. EL ARTÍCULO 48 DE LA LEY FEDERAL DE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN QUE FACULTA A LA AUTORIDAD PARA ELABORARLAS, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 126

Precedentes

Amparo en revisión 1355/2005. Servicios Costa Rica, S.A. de C.V. 26 de octubre de 2005. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Rosaura Rivera Salcedo. Amparo en revisión 1558/2005. Emilio Alberto Loret de Mola Gómory. 16 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada. Amparo en revisión 1604/2005. Servicios Guerrero de Acámbaro. 16 de noviembre de 2005. Cinco votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Jesús Antonio Sepúlveda Castro. Amparo en revisión 1878/2005. Servicio El Keno, S.A. de C.V. 11 de enero de 2006. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Carlos Mena Adame. Amparo en revisión 1946/2005. Gasolinera y Servicios El Águila, S.A. de C.V. 18 de enero de 2006. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Antonio Espinoza Rangel. Tesis de jurisprudencia 13/2006. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de primero de marzo de dos mil seis.

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