2a./J. 28/2006Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa
LOTERÍAS, RIFAS, SORTEOS, JUEGOS PERMITIDOS Y CONCURSOS. SUJETOS DEL IMPUESTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 156-8 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA.
[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 272
De la interpretación literal, armónica e integral del citado precepto, se advierte que son sujetos pasivos del impuesto sobre loterías, rifas, sorteos, juegos permitidos y concursos las personas que: 1. En estricto sentido, organicen la lotería, el sorteo, el concurso o el evento sobre el que recae la apuesta; 2. Operen establecimientos o agencias que reciben información con fines de lucro, en los que se apueste sobre carreras de caballos, galgos o cualquier otro evento; y, 3. Obtengan premios derivados o relacionados con las actividades de juegos con apuestas permitidas.
Precedentes
Contradicción de tesis 181/2005-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Cuarto y Tercero, ambos del Décimo Quinto Circuito. 17 de febrero de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos; en su ausencia hizo suyo el asunto Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretarios: Fernando Silva García y Paula María García Villegas.
Tesis de jurisprudencia 28/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del primero de marzo de dos mil seis.