Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
I.6o.C.381 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL PLAZO PARA CONTESTAR LA DEMANDA DEBE COMPUTARSE A PARTIR DEL DÍA HÁBIL SIGUIENTE AL EMPLAZAMIENTO.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 2029

Precedentes

Amparo directo 8736/2004. Obrador de Tocinería y Salchichonería Don Fer, S.A. de C.V. 27 de enero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Chávez Priego. Secretario: Rafael García Morales. Amparo directo 6306/2005. Rogelio Enrique Cisneros González. 6 de octubre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: María Soledad Hernández de Mosqueda. Secretario: Ricardo Mercado Oaxaca. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 48/2006-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 87/2006, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXV, febrero de 2007, página 205, con el rubro: " CONTESTACIÓN A LA DEMANDA EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL TÉRMINO PARA SU PRESENTACIÓN DEBE COMENZAR A COMPUTARSE A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SURTE EFECTOS EL EMPLAZAMIENTO ."

→ Más tesis en materia civil