I.4o.A.517 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
CONSULTAS SOBRE LA DETERMINACIÓN DE UN RÉGIMEN FISCAL. LA RESPUESTA DEBE EMITIRSE CON BASE EN UNA INTERPRETACIÓN DINÁMICA Y FUNCIONAL Y NO "LETRISTA".
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Marzo de 2006; Pág. 1969
En la respuesta a una consulta formulada a la autoridad sobre la determinación de un régimen fiscal, corresponde evaluar si la esencia y relevancia de lo planteado es acorde con el ordenamiento legal, de una manera razonable, integral y no rigorista, privilegiando una respuesta basada en la verdad fáctica y real por encima de la procesal, resolviendo de manera congruente la pretensión deducida o petitio, guardando coherencia con la finalidad, principios y propósito de la ley y de la normativa relacionada y no limitarse a una interpretación "letrista", parcial, incompleta y divorciada de la ratio legis, que debe ser comprendida y aplicada de manera dinámica y funcional a la pretensión deducida en el caso concreto.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 323/2005. Accesorios Forestales de Occidente, S.A. de C.V. 19 de octubre de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jean Claude Tron Petit. Secretaria: Claudia Patricia Peraza Espinoza.