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I.7o.C.64 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

HEREDAD. CONFORME AL ARTÍCULO 846 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, DICHO VOCABLO COMPRENDE TANTO PREDIOS RÚSTICOS COMO URBANOS.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXIII, Febrero de 2006; Pág. 1821

Precedentes

Amparo directo 862/2005. Mario Arenas Somera y otras. 19 de enero de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretaria: Alicia Ramírez Ricárdez.