IV.3o.A.25 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común
AGRAVIOS INOPERANTES EN LA REVISIÓN. LO SON AQUELLOS QUE FUERON OBJETO DE ANÁLISIS EN UN RECURSO ANTERIOR.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Octubre de 2005; Pág. 2294
Cuando en un amparo en revisión anterior, el Tribunal Colegiado de Circuito, ordena la reposición del procedimiento para ciertos efectos, pero antes discurre y resuelve sobre la ineficacia del tema de emplazamiento a una presunta parte tercera perjudicada; no pueden ser materia de agravio los mismos argumentos que fueron expuestos en un anterior recurso de revisión, puesto que ya se analizaron por la potestad federal.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 64/2005. Presidente Municipal del Municipio de San Nicolás de los Garza, Nuevo León y otras autoridades. 10 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Meza Pérez. Secretaria: María de la Luz Garza Ríos.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, agosto de 2000, página 1022, tesis VI.A. J/8, de rubro: "
AGRAVIOS EN LA REVISIÓN, SON INATENDIBLES LOS QUE YA FUERON OBJETO DE ANÁLISIS EN UNA EJECUTORIA ANTERIOR
."