I.5o.A.35 ATesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Administrativa
PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE. SUS DELEGACIONES EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS TIENEN EXISTENCIA JURÍDICA.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Septiembre de 2005; Pág. 1532
El artículo
92, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
, publicado en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de junio del año dos mil uno, prevé que corresponde a las delegaciones de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en las entidades federativas, en el ámbito de su circunscripción territorial, entre otras atribuciones, programar, ordenar y realizar visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las normas jurídicas aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental, los recursos naturales, bosques, flora y fauna silvestres, y establecer mecanismos, instancias y procedimientos administrativos que procuren el logro de tales fines, lo cual es suficiente para considerar que las delegaciones en las entidades federativas, constituyen autoridades con plena existencia jurídica y con facultades para ordenar visitas de inspección para los fines ya señalados, dentro de su respectivo ámbito territorial. Consecuentemente, no se requiere acuerdo alguno que determine su existencia y competencia tanto material como territorial, pues las mismas derivan de dicho ordenamiento reglamentario.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 439/2004. Pemex Exploración y Producción. 28 de febrero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: María Rocío Ruiz Rodríguez. Secretaria: Marcia Nava Aguilar.
Revisión fiscal 96/2005. Director General de Delitos Federales contra el Ambiente y Litigio de la Subprocuraduría Jurídica de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. 29 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: María Rocío Ruiz Rodríguez. Secretaria: Larisa González de Anda.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, septiembre de 2002, página 1342, tesis XV.3o.3 A, de rubro: "
COMPETENCIA TERRITORIAL. AUTORIDADES DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA
."