I.13o.T.118 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
ACCIDENTE DE TRABAJO OCURRIDO EN TRAYECTO DEL DOMICILIO AL CENTRO DE TRABAJO O VICEVERSA. LAS FORMAS MT-1 O ST-1 QUE EXPIDE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y LA PRUEBA PERICIAL MÉDICA, POR SÍ SOLAS SON INSUFICIENTES PARA ACREDITARLO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Septiembre de 2005; Pág. 1402
Si el evento que origina una incapacidad o la muerte de un trabajador se hace consistir en un percance que se dice ocurrió cuando se dirigía de su domicilio a su centro de trabajo o viceversa, el aviso para calificar el probable riesgo que se consigna en las formas MT-1 o ST-1 que expide el Instituto Mexicano del Seguro Social y la pericial médica, por sí solos son insuficientes para determinar que se está en presencia de un accidente de trabajo en tránsito o en trayecto, si no se cuenta con datos que establezcan la presunción legal o humana de que fue de esta forma, máxime si en uno de esos formatos el instituto califica el riesgo como si "no hubiera ocurrido en trayecto"; de ahí que cuando se ejercite este tipo de acciones, deberán aportarse los medios de prueba permitidos por el artículo
776 de la Ley Federal del Trabajo
, y no únicamente la pericial médica, los cuales adminiculados con los aportados por el afectado pudieran demostrar que el accidente efectivamente acaeció en el trayecto a su trabajo.
DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3033/2005. Julio López Fragoso. 10 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Griselda Lupita Reyes Larrauri.
Amparo directo 13993/2005. María de los Ángeles Valencia Ramírez. 19 de agosto de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Ahideé Violeta Serrano Santillán.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVI, octubre de 2002, página 1311, tesis I.2o.T.19 L, de rubro: "
ACCIDENTE DE TRABAJO EN TRÁNSITO. EL AVISO PARA CALIFICAR UN PROBABLE RIESGO QUE EXPIDE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, POR SÍ SÓLO NO LO ACREDITA
."