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2a./J. 89/2005Jurisprudencia9a. ÉpocaS.C.J.N.Administrativa, Constitucional

VISITAS DOMICILIARIAS PARA VERIFICAR LA EXPEDICIÓN DE COMPROBANTES FISCALES. EL PROCEDIMIENTO RELATIVO QUE IMPIDE A LOS GOBERNADOS DESVIRTUAR LOS HECHOS U OMISIONES PLASMADOS EN EL ACTA RESPECTIVA, ANTES DE QUE SE EMITA LA RESOLUCIÓN QUE IMPONE UNA MULTA, TRANSGREDE LA GARANTÍA DE PREVIA AUDIENCIA.

[J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 330

Precedentes

Amparo directo en revisión 645/2003. María del Carmen Sánchez Araujo. 30 de mayo de 2003. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan Díaz Romero. Ponente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Secretaria: María del Consuelo Núñez Martínez. Amparo directo en revisión 981/2003. Diego Estanislao Ruiz. 14 de noviembre de 2003. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez. Amparo directo en revisión 1369/2003. Restaurantes de México, S.A. 14 de noviembre de 2003. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Maura Angélica Sanabria Martínez. Amparo directo en revisión 369/2004. Tracto Camionera Diesel, S.A. de C.V. 23 de abril de 2004. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Alma Delia Aguilar Chávez Nava. Amparo directo en revisión 210/2005. Grace & Joy, S.A. de C.V. 18 de marzo de 2005. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Juan Díaz Romero. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: Bertín Vázquez González. Tesis de jurisprudencia 89/2005. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de julio de dos mil cinco. Nota: Los artículos 42, fracción V, 49, fracción VI y 84, fracción VI, del Código Fiscal de la Federación a que se refiere esta tesis estuvieron vigentes hasta el 31 de diciembre de 2003.

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