IV.3o.T.211 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
RELACIÓN LABORAL. NO SE REVIERTE LA CARGA DE LA PRUEBA AL PATRÓN CUANDO LA NIEGA Y SEÑALA QUE SE DIO CON UN TERCERO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 2002
Para que la negativa de la relación laboral lleve implícita una afirmación que deba probar el patrón es necesario que éste exponga alguna consideración afirmativa que guarde relación directa con aquella negativa, ya sea asintiendo que sí existió alguna relación, pero que fue de otra índole; o que sí existió el nexo de trabajo, pero que concluyó antes de la fecha señalada como la del despido; siendo menester que esa afirmación repercuta en la negativa de la relación laboral, y no pueda considerarse absoluta. Sin embargo, tales extremos no se surten cuando el patrón niega la relación laboral pero afirma que el trabajador laboraba para un tercero, pues esta aseveración no guarda relación directa con el nexo laboral negado, sino que se vincula con una relación laboral atribuida a un tercero.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 899/2004. Jesús Villanueva Gutiérrez. 29 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Cerdán Lira. Secretario: Raúl Alvarado Estrada.
Nota: Esta tesis fue objeto de la denuncia relativa a la
contradicción de tesis 163/2016
de la Segunda Sala de la que derivó la tesis jurisprudencial 2a./J. 20/2017 (10a.) de título y subtítulo: "
RELACIÓN DE TRABAJO. PARA DETERMINAR A QUIÉN CORRESPONDE LA CARGA DE LA PRUEBA EN LOS CASOS EN QUE SE NIEGA Y SE ATRIBUYE A UN TERCERO, DEBE EXAMINARSE SI EXISTE O NO UN VÍNCULO JURÍDICO ENTRE ESTE ÚLTIMO Y EL DEMANDADO
."