Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XVII.1o.C.T. J/5 Jurisprudencia9a. ÉpocaT.C.C.Común

CONCEPTO DE VIOLACIÓN. NO LO CONSTITUYE LA SOLA CITA DE TESIS O JURISPRUDENCIA.

[J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 1565

Precedentes

Amparo directo 63/2001. Instituto Mexicano del Seguro Social. 14 de noviembre de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Ignacio Rosas González. Secretario: José Luis Estrada Amaya. Amparo directo 506/2004. Transportadora Aries-Acuario, S.A. de C.V. 7 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Rodríguez Soto. Secretaria: Myrna Grisselle Chan Muñoz. Amparo directo 656/2004. Antonia Pompeya Román Pineda. 2 de diciembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Rodríguez Soto. Secretaria: Myrna Grisselle Chan Muñoz. Amparo directo 695/2004. Miguel Ángel Ronquillo Acosta. 13 de enero de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Rodríguez Soto. Secretaria: Myrna Grisselle Chan Muñoz. Amparo directo 327/2005. María Teresa Velázquez de Cásarez. 23 de junio de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Rodríguez Soto. Secretaria: Myrna Grisselle Chan Muñoz. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 193-198, Sexta Parte, página 104, tesis de rubro: " JURISPRUDENCIA, CITA SIMPLE DE LA. NO CONSTITUYE CONCEPTOS DE VIOLACIÓN PROPIAMENTE DICHOS ." Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 14/2008-PL resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 130/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVIII, septiembre de 2008, página 262, con el rubro: " TESIS AISLADA O DE JURISPRUDENCIA INVOCADA EN LA DEMANDA DE AMPARO. CORRESPONDE AL ÓRGANO JURISDICCIONAL PRONUNCIARSE EN TORNO A SU APLICABILIDAD O INAPLICABILIDAD AL CASO CONCRETO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE LA QUEJOSA ESGRIMA O NO ALGÚN RAZONAMIENTO AL RESPECTO ."

→ Más tesis en materia común