Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/177675
XXI.2o.C.T.28 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
177675
Clave de tesis
XXI.2o.C.T.28 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 1855

COMPETENCIA. DEBE CONOCER DE LA DEMANDA DE AMPARO EL JUEZ DE DISTRITO DEL LUGAR DONDE RESIDA EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE DEBA EJECUTAR LA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Agosto de 2005; Pág. 1855

Precedentes

Competencia 3/2005. Suscitada entre los Juzgados Tercero y Cuarto de Distrito en el Estado de Guerrero, ambos con residencia en Acapulco y el Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero con residencia en Chilpancingo. 30 de mayo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Rafael Segura Madueño. Secretario: Marcial Alemán Mundo. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 36/2008-PL resuelta por la Segunda Sala, de la que derivó la tesis 2a./J. 192/2008, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIX, enero de 2009, página 606, con el rubro: " COMPETENCIA EN AMPARO INDIRECTO. CUANDO SE RECLAMA LA RESOLUCIÓN DE UN RECURSO DE APELACIÓN QUE APRUEBA UNA PLANILLA DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN RADIQUE EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE DEBA EJECUTAR EL ACTO ."

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil

Registro digital (IUS): 177675