Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
XVI.1o.19 C Tesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

INSTITUCIONES DE CRÉDITO. LA FALTA DE AUTORIZACIÓN PARA CEDER SUS CRÉDITOS NO PRIVA AL ADQUIRENTE DE LEGITIMACIÓN ACTIVA EN LA CAUSA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Julio de 2005; Pág. 1452

Precedentes

Amparo directo 180/2004. Recuperfín I, S.A. de C.V. 14 de mayo de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Quezada Sánchez. Secretario: Ulises Domínguez Olalde. Amparo directo 77/2005. Sólida Administradora de Portafolios, S.A. de C.V. 31 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Quezada Sánchez. Secretaria: Claudia Guerrero Centeno. Amparo directo 141/2005. Recuperfín I, S.A. de C.V. 15 de abril de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Manuel Estrada Jungo. Secretario: José Juan Múzquiz Gómez. Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 71/2005-PS resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 197/2005, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIII, febrero de 2006, página 327, con los rubros: " INSTITUCIONES DE CRÉDITO. CONDICIONES PARA QUE LA CESIONARIA ACREDITE SU LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA PROMOVER ACCIONES DERIVADAS DE UN CONTRATO DE CESIÓN, CONFORME AL ARTÍCULO 93 DE LA LEY RELATIVA ."

Tesis relacionadas

→ Más tesis en materia civil