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1a. LXIX/2005Tesis Aislada9a. ÉpocaS.C.J.N.Civil, Constitucional

CONCURSOS MERCANTILES. LOS ARTÍCULOS 224, FRACCIÓN I Y 225, FRACCIÓN I, DE LA LEY DE LA MATERIA, AL AMPLIAR LA PRELACIÓN DE LOS CRÉDITOS LABORALES A LOS DOS AÑOS ANTERIORES A LA DECLARACIÓN CONCURSAL, NO VIOLAN EL ARTÍCULO 123, APARTADO A, FRACCIÓN XXIII, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL.

[TA]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXII, Julio de 2005; Pág. 435

Precedentes

Amparo en revisión 1226/2003. Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C. 11 de mayo de 2005. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Ramón Cossío Díaz y Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretario: Luis Fernando Angulo Jacobo. Nota: La Primera Sala se apartó del criterio sostenido en esta tesis, según se desprende de la que con el número o clave de identificación 1a. VIII/2012 (9a.), aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro VI, Tomo 1, marzo de 2012, página 271, de rubro: " CONCURSOS MERCANTILES. LOS ARTÍCULOS 224, FRACCIÓN I Y 225, FRACCIÓN I, DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS A FAVOR DE LOS TRABAJADORES POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, VIOLAN LA GARANTÍA DE IGUALDAD ANTE LA LEY ."

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