Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
||
III.2o.T.31 KTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Común

SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL ESTADO DE JALISCO DENOMINADO SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO DE LA ZONA METROPOLITANA, AL SER UNA PERSONA MORAL OFICIAL, ESTÁ EXENTO DE OTORGAR LAS GARANTÍAS PARA QUE SURTA EFECTOS AQUÉLLA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Junio de 2005; Pág. 864

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 54/2005. Sistema de Transporte Colectivo de la Zona Metropolitana. 29 de marzo de 2005. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: Aldo Salvador Santiago González. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, octubre de 1994, página 334, tesis I.8o.C.12 K, de rubro: " ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS. ESTÁN EXENTOS DE PRESTAR LAS GARANTÍAS QUE EXIGE A LAS PARTES LA LEY DE AMPARO ." y Tomo VIII, octubre de 1991, página 283, tesis I.1o.T.20 K, de rubro: " SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO. LAS PERSONAS MORALES OFICIALES ESTÁN EXENTAS DE PRESTAR LAS GARANTÍAS QUE EXIGEN LOS ARTÍCULOS 124 Y 125 DE LA LEY DE AMPARO ."

→ Más tesis en materia común