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I.11o.C.133 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil
Registro digital (IUS)
178189
Clave de tesis
I.11o.C.133 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
9a. Época
Instancia
T.C.C.
Materia
Civil
Fuente
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Junio de 2005; Pág. 813

LEGITIMACIÓN AD CAUSAM DEL ACTOR. DEBE EXAMINARSE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA Y NO A TRAVÉS DE UN INCIDENTE.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Junio de 2005; Pág. 813

Precedentes

Amparo en revisión 377/2004. Francisco José Prisciliano Carriedo Martínez y otra. 24 de septiembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Indalfer Infante Gonzales. Secretario: Eduardo Jacobo Nieto García. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, julio de 2001, página 1000, tesis VI.2o.C. J/206, de rubro: " LEGITIMACIÓN, ESTUDIO OFICIOSO DE LA ." Nota: La tesis 2a./J. 75/97 citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, enero de 1998, página 351, con el rubro: "LEGITIMACIÓN PROCESAL ACTIVA. CONCEPTO."

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