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I.4o.C.85 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

PETICIÓN DE HERENCIA. EL JUZGADOR ESTÁ FACULTADO PARA VALORAR TÍTULOS COMO EN LA ACCIÓN REIVINDICATORIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Mayo de 2005; Pág. 1501

Precedentes

Amparo directo 3164/2004. Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura. 2 de julio de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretaria: Lilia Rodríguez González.

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