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III.2o.T.154 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral

RENUNCIA DE UN SERVIDOR PÚBLICO. NO ES NULA POR NO HABERSE DIRIGIDO AL TITULAR O REPRESENTANTE LEGÍTIMO DE UNA DEPENDENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 1473

Precedentes

Amparo directo 492/2004. Juventino Chávez Madera. 9 de noviembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Gómez Ávila. Secretario: José Ignacio Rodríguez Sánchez.