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XV.3o.10 CTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Civil

APELACIÓN EN EL EFECTO DEVOLUTIVO. EL ARTÍCULO 683 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, AL ESTABLECER COMO SANCIÓN PROCESAL PARA EL APELANTE TENER POR NO INTERPUESTO EL RECURSO, POR OMITIR SEÑALAR CON PRECISIÓN LAS CONSTANCIAS PARA INTEGRAR EL TESTIMONIO RELATIVO, NO VIOLA LA GARANTÍA DE AUDIENCIA.

[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Abril de 2005; Pág. 1338

Precedentes

Amparo en revisión 457/2004. Banco Nacional de México, S.A., Institución de Banca Múltiple, integrante del Grupo Financiero Banamex Accival, S.A. de C.V. 28 de octubre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Molina Torres. Secretaria: Angelina Sosa Camas.

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