I.6o.T.251 LTesis Aislada9a. ÉpocaT.C.C.Laboral
CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES EN MATERIA LABORAL. LO SON CUANDO PLANTEAN LA INCONSTITUCIONALIDAD DE ALGUNA CLÁUSULA DE UN CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO.
[TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXI, Marzo de 2005; Pág. 1091
Cuando al impugnar el laudo o resolución que hubiere puesto fin al juicio se planteen cuestiones de inconstitucionalidad de alguna cláusula de un contrato colectivo de trabajo, el concepto que sobre el particular se exprese debe declararse inoperante, ya que no basta que el reclamo se haga dentro del capítulo de conceptos de violación, como lo dispone el
párrafo segundo de la fracción IV del artículo 166 de la Ley de Amparo
, sino que es menester que la infracción que se pretende poner en evidencia respecto de algún precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derive de la ley, tratado o reglamento que, en su caso, se hubiere aplicado para resolver el asunto, pues así lo dispone expresamente la aludida normatividad.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 10406/2004. Reyna Franco Rangel. 9 de diciembre de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Lourdes Patricia Muñoz Illescas.